Según  establece el art.156 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), se entiende por accidente laboral aquella lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena, en el que los daños derivados del trabajo incluirán también las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

Requisitos

Derecho Laboral - Abogados Alicante

Para que el accidente pueda ser considerado como  accidente laboral debe cumplirse una serie de requisitos como son:

  1. La existencia de una lesión corporal, considerándose lesiones no solo los daños corporales sino también las secuelas o enfermedades psíquicas o psicológicas.
  2. La condición de trabajador por cuenta ajena del sujeto accidentado.
  3. La existencia de una relación de causalidad  entre el trabajo y la lesión.
  4. La existencia de una doble relación de causalidad: Una entre el trabajo y la lesión y otra entre lesión y la situación invalidante o protegida.

¿cuándo se considera accidente laboral?

La LGSS recoge una serie de supuestos que pueden ser considerados como accidente de trabajo, entre los que podemos mencionar:

  1. El sufrido en el lugar de trabajo y durante el tiempo de trabajo.
  2. El sufrido al ir o al volver del lugar de trabajo.
  3. Los accidentes en misión.
  4. Los producidos con ocasión de las tareas realizadas por órdenes del empresario o por interés de la empresa.
  5. Las enfermedades comunes contraídas como consecuencia del trabajo.
  6. Las enfermedades anteriores al accidente que se agraven por el accidente de trabajo.
  7. Las enfermedades que tienen como consecuencia procesos patológicos debidos a accidentes de trabajo.

No obstante, hay que señalar que tal y como señala la LGSS en su artículo 156.4, no tienen la consideración de accidente de trabajo los que sean debidos a fuerza mayor extraña al trabajo , entendiéndose por esta la que sea de tal naturaleza que no guarde relación alguna con el trabajo que se ejecutada al ocurrir el accidente, así como los accidentes laborales que sean debidos a la imprudencia temeraria del trabajador.

empresa debe enviar el parte de accidente de trabajo a la entidad aseguradora en el plazo máximo de 5 días hábiles, debiendo también entregar una copia del parte al trabajador accidentado.  Sin embargo, si el accidente fuera considerado como grave, muy grave o provocara el fallecimiento de algún trabajador, la empresa deberá comunicarlo a la autoridad laboral en el plazo de 24 horas, la cual realizará las oportunas diligencias de investigación sobre la forma en que sobrevino el accidente, las causas del mismo o las circunstancias concurrentes.

El incumplimiento de la obligación de comunicar el accidente de trabajo y enfermedades profesionales se encuentran sancionadas con multas que van desde 40 € a 2.045 € (para accidentes calificados como leves) y de 2.046€ a  40.985 (para accidentes graves, muy graves o mortales).

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