El delito de denuncia falsa se encuentra tipificado en el Art. 456 del vigente Código Penal que dice “Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación…”

El delito de acusación o denuncia falsa requiere la concurrencia de los siguientes elementos:

1º.- Imputar a persona determinada hechos que no se han cometido o que no son atribuibles a aquella.

2º.- Que los hechos falsamente imputados fueran constitutivos de delito o falta.

3º.- Que la imputación se haga en forma y con afirmación positiva, no de mera sospecha.

4º.- Que la imputación se haga ante funcionario competente y que esa imputación de lugar a un procedimiento judicial.

La imputación es falsa cuando el hecho atribuido no se ha producido, o cuando la persona imputada no ha tenido intervención alguna en él, o cuando se altera sustancialmente lo ocurrido.

En cuanto al elemento subjetivo exigible, son dos, el que acusa tenga conciencia de ser falsos los hechos imputados y que a pesar de ello deliberada y maliciosamente interponga la denuncia.

La Jurisprudencia del Tribunal Supremo lo concreta en la intención de faltar a la verdad, esto es, la acusación o denuncia debe haberse hecho con mala fe por parte del denunciante y con manifiesto desprecio hacia la verdad de tal forma que cuando la denuncia se verifica de buena fe, falta la intención delictiva.

En cuanto a los requisitos para proceder  por acusación o denuncia falsa se exige que exista un Auto de Sobreseimiento Libre o Provisional o una Sentencia Absolutoria que ponga término al procedimiento incoado.

En Navarro&La Rosa Abogados, antes de la interposición de una denuncia se valora lo que comunica el denunciante-cliente y las pruebas que aporta o se pueden aportar y analizada la verosimilitud de los hechos, es entonces cuando se procede a formalizar la denuncia, caso contrario, se rechaza su interposición.

#abogados #derechopenal #alicante #denunciafalsa #acusaciónfalsa #códigopenal

Abogados en Alicante - Derecho Penal

Navarro & La Rosa Abogados en Alicante