NLR Abogados Alicante | Despacho Bufete Abogados AlicanteAntes de que el Tribunal Supremo se pronunciara sobre esta doctrina del «Doble tiro», los Tribunales económicos administrativos así como las salas de los Tribunales Superiores de Justicia resolvían, en base a la teoría del “tiro único”, que la Administración Tributaria tenía solo una oportunidad para dictar un acto económico y si este era invalidado por sentencia judicial no podía volver a girar una nueva liquidación, salvo que la invalidez lo fuera por defectos formales donde se le concedía una segunda oportunidad.

La doctrina del «Doble tiro».

La teoría del “Doble tiro” fue fijada por el Tribunal Supremo en la Sentencia de 29 de septiembre de 2014, la cual establece como criterio jurisprudencial que la Administración Tributaria está facultada para girar una nueva liquidación en sustitución de la anulada. Dicha sentencia fue estimada con dos votos particulares de los Magistrados Emilio Frías Ponce y Manuel Vicente Garzón Herrero, lo cual refleja que esta nueva teoría no cuenta con el apoya total de los magistrados de la Sala. Podéis descargados la sentencia pulsando AQUÍ.

Hemos de señalar que la retroacción de las actuaciones administrativas sólo será posible cuando el acto administrativo anulado lo sea por razones de fondo, materiales o sustantivas y siempre que no haya prescrito su derecho.

A raíz del afianzamiento de este criterio jurisprudencial, el Tribunal Supremo otorga a la Administración Tributaria la oportunidad de corregir sus propios actos aun habiendo cometido una infracción del ordenamiento jurídico.