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El Artículo 153.1º y 2º del vigente código penal dice: “El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad de las previstas en el apartado 2 del artículo 147, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, …” Y en su apartado 2º dice: “Si la víctima del delito previsto en el apartado anterior fuere alguna de las personas a que se refiere el artículo 173.2, exceptuadas las contempladas en el apartado anterior de este artículo…”.

 Y conforme al artículo 173.2, éstas personas son los descendientes, ascendientes, o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente. O sobre los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, etc.

 También se va a reseñar la reciente Sentencia del T.S. de fecha 08-11-15 realizada por la Sala Segunda, que en circunstancias similares condena a la pareja de la madre de la menor, el cual, mantenía una relación afectiva similar a la paterno filial y participaba activamente en la educación de la menor, y aunque la bofetada fue la respuesta a una grave desobediencia de la menor, continúa diciendo que la bofetada es un acto de violencia física sobre una menor que convive en su domicilio como hija de su esposa y que se encuentra bajo su protección, integra un comportamiento de maltrato doméstico que consolida un patrón de dominación violenta y de afectación a la integridad y dignidad de la menor, que excede de la conducta que en la época actual podemos considerar socialmente adecuada.

 En Navarro&La Rosa Abogados Alicante entendemos que el derecho de corrección de los padres hacia los hijos nunca puede ampararse en la violencia, siendo éste un tema complejo que deberá de estudiarse minuciosamente caso por caso por lo que será necesario asesoramiento legal al respecto.