Vemos todos los días en TV y en la prensa noticias relativas a los “saltos” de los inmigrantes a las vallas de Ceuta y Melilla.

La versión del Gobierno español:

El Estado español está convencido de que si en el África subsahariana se corre la voz de que la gran mayoría de los inmigrantes sin papeles que entran de forma clandestina a través de Ceuta y Melilla es deportada de vuelta a Marruecos de manera inmediata, la presión migratoria sobre las dos vallas irá disminuyendo de manera paulatina, pero inexorable.

Inmigrantes saltan la valla mientras otras personas juegan al golfEl acuerdo bilateral sobre «readmisión de extranjeros entrados ilegalmente», que se firmó Madrid el 13 de febrero de 1992, pero que no entró en vigor hasta octubre de 2012, es el tratado internacional que España está usando para llevar a cabo las ‘expulsiones en caliente’, las repatriaciones sin identificación previa ni puesta a disposición judicial de los inmigrantes que son capturados instantes después de sobrepasar los perímetros fronterizos de las dos ciudades autónomas.

La versión ofrecida por ONGs y Colegios de Abogados:

Éstos refieren que se está incumpliendo con dichas prácticas la actual legislación de extranjería, ya que en la Ley y en su Reglamento que lo desarrolla únicamente se establecen tres supuestos de expulsión de los extranjeros, siendo éstos: La expulsión en sentido estricto, a través de la constitución de un expediente administrativo y mediante resolución motivada; la segunda es la denegación de entrada por no cumplir los requisitos legalmente establecidos; y la tercera es la devolución de los extranjeros que hayan sido interceptados en la frontera. En los tres casos se requiere que el extranjero pueda contar con los servicios de abogados, pudiendo ser estos abogados de oficio.
También se advierte que otras normas son vulneradas, tales como leyes de aplicación europea e internacional y el propio acuerdo de readmisión entre España y Marruecos. Los especialistas temen a que el Estado modifique el actual artículo 23 del Real Decreto 557/2011, es decir, el reglamento que desarrolla la vigente ley de Extranjería de 2009, para no hacer obligatorio el traslado de los extranjeros a comisaría y la asistencia letrada previa a su repatriación.

Navarro & La Rosa Abogados Alicante expresa su rechazo a la modificación pretendida por el Gobierno. Consideramos francamente desacertado, entre otras cuestiones, que no se garantice la asistencia letrada a los extranjeros.