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Desde el despacho Navarro & La Rosa Abogados en Alicante vamos a tratar el tema del conocido procedimiento monitorio, el cual, por su eficacia y poca complejidad, viene siendo muy eficaz y muy empleado por cualquier operador jurídico, así como por los mismos particulares.

Abogados en Alicante - Derecho de Familia

Navarro & La Rosa Abogados en Alicante

Este procedimiento fue introducido en España por primera vez con la aprobación de la actual Ley de Enjuiciamiento Civil en el año 2.000, tratándose de un procedimiento judicial que se caracteriza por ser una vía rápida y ágil para la reclamación de deudas de carácter dinerario. Tan rápido y ágil resulta que el mismo se ha ido generalizando de tal forma que en los últimos tiempos es el procedimiento más empleado en el ámbito civil.

Por lo que respecta al objeto del referido procedimiento, la Ley de Enjuiciamiento Civil indica que se podrán reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles de cualquier cuantía. Es decir, su objeto se limita a reclamaciones de carácter económico, de dinero, y no puede extenderse a otro tipo de obligaciones como son las de dar de hacer o de no hacer. Tampoco sirve para aquellos supuestos en que desde el inicio sea necesaria una declaración del Juez (por ejemplo, en relación con la interpretación de una determinada cláusula de un contrato, un incumplimiento contractual, daños en una vivienda, etc), en cuyo caso habrá que acudir al proceso declarativo que corresponda (ordinario o verbal), ni tampoco serviría para asuntos de familia.

En cuanto a su tramitación, destacar que únicamente será necesaria la celebración de una vista o comparecencia ante el Juez si el deudor se opone a la reclamación presentada. Si no es así, y el deudor no paga voluntariamente ni se opone dentro del plazo concedido al efecto, el procedimiento finaliza automáticamente mediante una resolución que permitirá al demandante acudir directamente a la ejecución forzosa, en la cual podrán embargarse bienes suficientes del demandado hasta que se abone totalmente la deuda reclamada.

Si desea hacernos una consulta acerca de cualquier reclamación de cantidad que desee ejercitar, quedamos a su entera disposición para tal menester, pudiéndose poner en contacto a través de nuestro e-mail info@NLRabogadosalicante.com, o por teléfono al 966.08.46.29, al objeto de concerta una cita en la que le asesoraremos de forma precisa, reclamándole en su nombre cualquier cantidad que se le adeude