Despacho Navarro & La Rosa Abogados en Alicante

Despacho de Abogados en Alicante, Navarro & La Rosa Abogados

Debido al aumento de parejas de hecho, surge la duda  de si las parejas de hecho tienen derecho a un permiso retribuido como en el caso de las uniones matrimoniales donde la sociedad estatal de Correos y Telégrafos S.A  establece permisos retribuidos de quince días naturales en caso de matrimonio.

Este planteamiento de equiparar los derechos de las uniones matrimoniales a las parejas de hecho fue interpuesto por el sindicato federal de Correos y Telégrafos ante La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional (cuya competencia le corresponde para la resolución de conflictos colectivos cuyo ámbito sea superior al de la Comunidad) resolviendo por sentencia, con fecha de 8.01.2018, que no puede hacerse extensivo el permiso retribuido por matrimonio a las trabajadoras y trabajadores que constituyen parejas de hecho a los nuevos modelos de convivencia familiar continuada y de género distinto al de las uniones matrimoniales al no aparecer recogido en el convenio.

No vulnera el principio de igualdad de trato y no discriminación.

La Sala de los Social de la Audiencia Nacional considera que el trato legislativo entre las personas unidad en matrimonio y quienes conviven maritalmente de hecho, sin que nada les impida contraer matrimonio, es compatible con el principio de igualdad porque se trata de realidades no equivalentes. La Sala continúa en su análisis y considera que aunque determinadas Leyes autonómicas dispongan que nadie podrá ser discriminado por razón del grupo familiar del que forme parte, tenga éste su origen en la filiación, en el matrimonio o en la unión afectiva, las partes negociadoras del Convenio Colectivo.