Debido a la gran importancia de este documento en aquellos divorcios o separaciones en los que existe un acuerdo entre los cónyuges, desde el despacho “Navarro & La Rosa Abogados Alicante” vamos a comentar unas breves pinceladas sobre el mismo.

Un Convenio Regulador o Pacto de Convivencia es el acuerdo al que llegan los cónyuges en el que se regulan cómo van a quedar sus relaciones patrimoniales, así como las relaciones con los hijos comunes, si los hubiera. Dicho documento debe adjuntarse en aquellas demandas de separación y divorcio de mutuo acuerdo a fin de que la autoridad judicial, con el visto bueno del fiscal en determinados casos, dé su aprobación.

Sus cláusulas  deben ser lo más claras posibles y en sentido positivo, sin que pueda dejarse su cumplimiento a la voluntad de uno de los cónyuges, siendo recomendable que en el mismo se prevean soluciones alternativas para los supuestos de incumplimiento de algunas de las cláusulas.

En cuanto a su contenido mínimo, el art. 90 del Código Civil establece que debe contener como mínimo los siguientes aspectos: el cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos; la atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar; la contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso; la liquidación del régimen económico del matrimonio, cuando proceda; y, por último, la determinación de la pensión compensatoria que pueda corresponder, en su caso, a uno de los cónyuges.