El Phishing es una modalidad del delito informático que consiste en el envío de correos electrónicos con software maliciosos (virus, troyanos…etc.) o de enlaces a portales fraudulentos, con el objetivo de obtener claves, cuentas bancarias así como datos comprometidos de usuarios,  cuyos datos quedan a disposición  del defraudador el cual podrá hacer uso de dichas claves de forma fraudulenta, sin que el perjudicado pueda percatarse del engaño.

Abogados en Alicante, Derecho Penal

Abogados en Alicante, especialistas en Derecho Penal

Uno de los métodos más usados por los defraudadores consiste en enviar correos, haciéndonos creer que se trata de un correo enviado  por nuestra entidad bancaria, en el que suelen adjuntar una URL en la que el cliente ha de clicar para acceder a la página de su banco pero que en realidad se les redirige una página web simulada, cuyos datos  serán usados maliciosamente por los defraudadores.

El Código Penal  regula el delito de estafa informático en el artículo 248.2 disponiendo que serán considerados reos de estafa los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejantes, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.  Los delitos de estafa están castigados con una pena de prisión de seis meses a tres años, pudiendo aumentar hasta los seis años dependiendo de las agravantes recogidas en el artículo 250 de dicho cuerpo legal ( por ejemplo, que la cantidad de lo defraudado fuera superior a los 50.000€)

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