Desde el despacho Navarro & La Rosa Abogados en Alicante vamos a indicarle una serie de posturas básicas en relación con el polémico y recurrente tema relativo a la determinación del montante de la indemnización de los daños causados en accidentes de circulación. Para acercarnos a estas posturas, debemos analizar la jurisprudencia que se ha ido dictando paulatinamente por parte de las Audiencias Provinciales, apreciando que los criterios aplicables resultan muy variados, pero que, en síntesis, vienen a sostener tres posturas básicas:

1) Un primer criterio viene dado únicamente por el abono del valor venal del vehículo al tiempo del siniestro, sobre todo si no consta que se haya efectuado la reparación y no hay certeza de que la cantidad que se vaya a recibir va a ser destinada a dicha reparación.

2) El segundo criterio opta por la reparación in integrum, ya que en otro caso se obligaría al perjudicado a sustituir su vehículo por otro de similares características y antigüedad, lo que entraña complicaciones de todo tipo, no solo por la dificultad de encontrar en el mercado otro vehículo de ocasión de semejantes condiciones, sino también por los vicios o defectos ocultos que pudiera tener el adquirido y la falta de seguridad en cuanto a su posterior funcionamiento.

3) Por último, existe una postura intermedia que teniendo en cuenta el valor venal y el precio de reparación, aplica un índice corrector para evitar el posible desequilibrio que para el derecho del perjudicado o para el deber del culpable puede suponer la aplicación de cualquiera de los dos anteriores criterios. Dicha posibilidad moderadora viene concedida por el art. 1103 del Código Civil para las obligaciones contractuales, siendo igualmente aplicable, como ha puesto de manifiesto la doctrina del Tribunal Supremo, a la responsabilidad de carácter extracontractual.

Si desea hacernos una consulta acerca de cualquier reclamación de indemnización que desee ejercitar, quedamos a su entera disposición para tal menester, pudiéndose poner en contacto a través de nuestro e-mail info@NLRabogadosalicante.com, o por teléfono al 966.08.46.29, al objeto de concertar una cita en la que le asesoraremos de forma precisa, reclamándole en su nombre cualquier indemnización a la que tenga derecho.